La tenencia y/o posesión de cualesquiera animales clasificados como tales en la Ordenanza Municipal, requiere la previa obtención de una licencia, otorgada por este Ayuntamiento para todos los residentes en el municipio. También deben obtener licencia quienes realicen actividad de comercio, transacción, cesión, albergue o adiestramiento, así como los paseadores de estos animales.

La solicitud para la obtención de la licencia se presenta en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma la siguiente documentación:

  • Certificado de aptitud física y psicológica.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Fotocopia del D.N.I (es requisito ser mayor de edad)
  • Fotocopia de la póliza de seguro de responsabilidad civil (cobertura superior a 120.000 €)
  • Certificado de Sanidad Animal expedido por un veterinario colegiado y fotocopia de la Cartilla Sanitaria del animal.
  • Declaración jurada de no haber sido sancionado por la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.
  • Justificante de ingreso de la tasa correspondiente (están exentos los animales esterilizados, lo cual debe acreditarse mediante informe veterinario).
  • Dos fotos tamaño carné.
  • Volante de empadronamiento.

Validez de la licencia: 5 años, pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de igual duración.

Desde aquí podrá tramitar, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcantarilla, su solicitud para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Los animales y perros considerados potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos,

  • Llevarán obligatoriamente bozal apropiado a la tipología de cada raza.
  • Serán conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros de longitud, sin que pueda llevarse más de uno de estos animales o perros por persona.

La sustracción o pérdida del animal debe ser comunicada por su titular a los servicios veterinarios municipales en el plazo máximo de 48 horas desde que tenga conocimiento de estos hechos.