De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objeto de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza arriba referenciado, se procede a sustanciar una consulta pública, en la que se recogerá la opinión de la ciudadanía y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.

Todas las personas interesadas en formular sus opiniones, sugerencias y propuestas, podrán hacerlo desde el 10 al 25 de abril de 2024, pudiendo presentar sus aportaciones:

* En el Registro General del Ayuntamiento de Alcantarilla (calle Ignacio López Lacal, esquina con calle Mayor).

* A través de Sede Electrónica alcantarilla.sedelectronica.es.

* También puede realizar sus aportaciones enviando un correo electrónico a participacionciudadana@alcantarilla.es. Siendo necesario remitir nombre y apellidos y DNI.

Las aportaciones realizadas serán valoradas por el Área competente, para su incorporación al texto definitivo de la Ordenanza o Reglamento.

El informe razonado de decisión sobre las aportaciones realizadas por ciudadanos o colectivos se hará público junto con el resto de documentación del proceso.

Se hace necesario esta publicación de la modificación de la Ordenanza, ya que regulará aspectos parciales de la misma, como son la catalogación de la cartelería en función de la actividad a desarrollar en el local, donde se reflejará la información mínima necesaria que será visible desde fuera del local, tanto para usuarios como para el personal municipal.

Recabar la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente puedan verse afectados y beneficiados por la aprobación de la normativa prevista.

La presente modificación tiene por objeto aprovechar esta modificación de la ordenanza para regular las condiciones de etiquetado y catalogación de las actividades.

No se contemplan alternativas, considerándose necesario aprobar esta modificación de la ordenanza que, en la esfera de competencia municipal, constituya una herramienta eficaz para regular la Declaración Responsable y la Licencia para el ejercicio de actividades empresariales.