La Concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer ha puesto en marcha el procedimiento de inscripción en la Escuela de Primavera 2024.

El objetivo general del Plan Corresponsables es avanzar hacia la garantía del cuidado de menores, desde el enfoque de derechos y de igualdad de mujeres y hombres, según el artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, al margen de la condición laboral de las personas beneficiarias. Y entre sus objetivos específicos, destaca:

+ Favorecer la conciliación de familias con niñas, niños y jóvenes menores de hasta 16 años de edad desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres.

 

Destinatarios

Menores de 3 a 16 años del municipio de Alcantarilla

Requisitos

Para el acceso a este recurso las familias solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Familias empadronadas en el municipio de Alcantarilla, con menores escolarizados en edades comprendidas entre los 3 (escolarizados en el 2º ciclo de Educación Infantil) y los 16 años, con una antelación mínima de seis meses a la fecha de la solicitud.

Se ofertan un total de 150 plazas.

El lugar de realización será Centro de Educación Infantil y Primaria Nuestra Señora de la Asunción, Calle Carmen nº 40  30820 Alcantarilla (Murcia).

Criterios de prioridad para adjudicar las plazas

Se priorizarán las siguientes situaciones y se valorarán con 5 PUNTOS añadidos cada una de ellas, siendo acumulables entre sí y debiendo ser debidamente justificadas mediante la documentación oportuna:

1. Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia sobre la mujer (5 PUNTOS).
2. Monoparentales. (5 PUNTOS)
3. Mujeres en situación de desempleo de larga duración que deseen formarse o buscar un empleo (5 PUNTOS).
4. Mujeres mayores de 45 años o familias con otras responsabilidades a cargo (5 PUNTOS).
5. Nivel de renta que no supere el IPREM (5 PUNTOS).
6. Familias numerosas (5 PUNTOS).
7. Familias en zonas en despoblamiento (5 PUNTOS).
8. Familias migrantes (5 PUNTOS).

Calendario/Fechas de realización de la Escuela de Primavera 2024

El plazo de ejecución de la Escuela de Primavera-Semana Santa 2024 comprende desde el 25 de marzo (lunes) hasta el 2 de abril (martes) de 2024.

HORARIOS:

* Mañana (incluidos sábados):

Ordinario: 9:00 h a 14:00 h

Matinal: 8:00 h a 9:00 h

Extraordinario: 14:00 h a 15:00 h

* Tarde – De 16:00h. a 18:00h. (según demanda).

Plazos de solicitud y lugar de presentación

El plazo de presentación de solicitudes se establece del 17 de enero al 6 de febrero de 2024, ambos incluidos. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE SOLICITUDES HASTA EL 21 DE MARZO O COMPLETAR LAS PLAZAS

Deberá presentarse una solicitud por cada menor de la unidad familiar que quiera optar a plaza, la cual irá debidamente firmada y cumplimentada por ambos progenitores/as, tutores/as o representantes legales excepto en aquellos casos en que, por las circunstancias, sea imposible realizarlo (familia monoparental/marental, pérdida de la patria potestad por sentencia judicial, viudedad, otros), adjuntando la documentación que acredite tales circunstancias..

Las solicitudes de plaza para la Escuela Municipal de Primavera-Semana Santa 2024, junto con la documentación requerida, deberán registrarse en el Registro General del Ayuntamiento, o bien a través de la Sede electrónica del mismo:  https://alcantarilla.sedelectronica.es

Criterios de desempate

En el caso de superación de solicitudes a las plazas ofertadas, se tendrá en cuenta la puntuación de los criterios de prioridad anteriores, por orden de puntuación (de mayor a menor). Asimismo, en el caso de igualdad de puntuación, se atendrá al orden de la fecha/hora de entrada de la solicitud atendiendo al criterio de temporalidad.

Constitución de la lista de admitidos/as y lista de espera

+ La lista de admitidos estará constituida en todos los casos, con las solicitudes que cumplan los requisitos y de mayor a menor puntuación, y en el caso de empate, con el orden de la fecha y hora de entrada de la solicitud.

+ La lista de espera, se constituirá en todos los casos, por:

 Cumplimiento de requisitos.
 Solicitud completa de documentación a presentar.
 Por puntuación obtenida.
 En última instancia, conforme lo establecido en el punto sobre los criterios de desempate, por orden de entrada.

Menores con necesidades educativas especiales

Son aquellos menores conforme el Art. 73, Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación que “… requieren por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta”.

Las escuelas de periodos no lectivos no son proyectos de carácter reglado, y, por tanto, obligatorio, no contando, en este caso, con reserva de plazas para menores con necesidades educativas especiales según los criterios aplicables a los fondos recibidos para la financiación de la misma. En cualquier caso, se reserva el derecho a valorar cada petición que se presente, pudiendo denegar la solicitud de inscripción, siempre con el fin último de
preservar el bienestar del niño o niña.

En todo caso, los padres, madres, tutores o la persona autorizada por éstos, deberá poner en conocimiento de la concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer, las necesidades concretas de atención que precisa el niño o la niña con carácter previo a la inscripción, al objeto de que pueda realizarse la citada valoración y la posibilidad o no de atención adecuada dentro del proyecto. En el supuesto de que se omita dicha información, o no se sea la adecuada y suficiente, el Ayuntamiento de Alcantarilla, como responsable del proyecto, se reserva el derecho de inadmisión de los menores.

Normas Generales del servicio

Para garantizar el buen funcionamiento del servicio, se estipula una normativa que recoge los puntos fundamentales que deben ser conocidos y aceptados por las familias participantes:

 Los niños y niñas podrán salir solos del programa para ir a casa únicamente si tienen al menos 10 años y siempre y cuando se refleje esta autorización en la ficha de inscripción.

 En ningún caso se entregará a un menor a una persona no autorizada en la ficha de recogida. En el caso de que los progenitores o tutores/as autorizados no puedan realizar la recogida, deberán ponerse en contacto con la empresa gestora del servicio para informar de la persona que se encargará de la misma, notificando su nombre/apellidos y su dni.

 Las familias deberán informar a la coordinadora general del servicio de las faltas de asistencia que puedan producirse. En el caso de que éstas sean justificadas, no conllevarán ninguna penalización.

 En el caso de que los/as menores presenten más de 3 faltas de asistencia sin justificar, el servicio se reserva el derecho de cancelar la plaza para su posterior
ofrecimiento a otra familia que se encuentre en lista de espera. Este hecho será comunicado de forma telefónica y por escrito.

 En los casos en los que se produzcan conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, (amenazas verbales de agresión, mobbing, hurtos, escaparse del
centro, reiteración de actitudes, romper de forma intencionada instalaciones, materiales, etc…) se suspenderá el derecho a la asistencia al proyecto durante 3 días, previa información a las familias.

 La inscripción en la actividad conlleva el compromiso de participar en todas las actividades que forman parte del programa, siendo las mismas diseñadas teniendo en cuenta las normativas vigentes en materias de Educación (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación).

Normas de convivencia del alumnado participante

 El cumplimiento de las directrices de los/as monitores/as.
 La adecuada y correcta participación en las actividades.
 Ser puntual.
 El mantenimiento de una actitud correcta en las actividades, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer.
 El respeto a los monitores/as tanto en el resto del recinto escolar así como en las actividades realizadas fuera del mismo.
 El trato correcto hacia los/as compañeros/as, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal.
 El cuidado de las instalaciones y materiales en las actividades realizadas.
 La participación y colaboración en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima en el centro.
 El respeto a la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad, integridad e intimidad de todos los/as participantes.

Documentación a presentar junto a la solicitud

DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA

□ Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales. Para ser aceptada la solicitud deberá estar cumplimentada, firmada y documentada debidamente.
□ DNI/NIE o copia de la primera página del pasaporte, si no dispusiera del anterior, de ambos progenitores/as, tutoras/es o representantes legales.
□ DNI/NIE que acredite la identidad de cada una de las personas autorizadas para la recogida del menor, en su caso.
□ Libro de familia (apartados de progenitores/as e hijos/as), o en su defecto, Certificado de Nacimiento (expedido por el Registro Civil) o resolución judicial o administrativa; y documentación acreditativa de la inscripción de otros/as menores dependientes de la unidad familiar del solicitante.
□ Tarjeta sanitaria del menor.
□ En el caso de haber señalado el apartado de enfermedades, alergias y/o Necesidades Educativas Especiales se incluirá Informe Médico o técnico (se puede aportar la que obre en poder del centro educativo de referencia):

* Medicación habitual por enfermedades crónicas
* Alergias
* Intolerancias alimentarias
* Informe Médico o técnico de los equipos de orientación, que acredite la Necesidad Educativa Especial del menor.

□ Volante de empadronamiento (aportado por el Registro General del Ayuntamiento)

OTRA DOCUMENTACIÓN

En los casos que se hayan señalado cada una de las siguientes situaciones, para valoración con carácter prioritario con 5 PUNTOS añadidos, de forma acumulable, deberá presentar además de los documentos anteriores, la siguiente documentación actualizada justificativa, según sea su caso (si usted no quiere o no puede acreditar los criterios de prioridad NO presente la siguiente documentación):

1. Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia sobre la mujer, mediante acreditación de ser víctima de violencia de género, presentando
al menos uno de los siguientes documentos:

 Sentencia definitiva y firme que condene a la persona agresora.
 Resolución judicial por la que concluye el procedimiento penal de la que se deduzca que la persona solicitante ha sido víctima de violencia de género.
 Orden de protección vigente.
 Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.
 Resolución judicial en vigor con medidas cautelares penales.
 Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género emitido por el CAVI.

2. Monoparentales, entendiendo como tales aquellas en la que los menores únicamente estén reconocidos legalmente por el padre o por la madre, aquellas
constituidas por una persona viuda o en situación equiparada, con hijos o hijas que dependan económicamente de ella, aquellas formadas por una persona y su
descendencia sobre la que tenga en exclusiva la patria potestad, etc., y cualquier situación equiparable según normativa aplicable, debiendo aportar documentación
justificativa (título de familia monoparental, libro de familia, certificado de fallecimiento otro progenitor, etc.)

3. Mujeres en situación de desempleo de larga duración que deseen formarse o buscar un empleo, aportando certificado emitido por el SEF en el que se acredite una duración de la inscripción en situación de desempleo mayor de 12 meses.

4. Mujeres mayores de 45 años o familias con otras responsabilidades a cargo, mediante aportación del DNI y/o cualquier otra documentación justificativa, en su caso.

5. Nivel de renta que no supere el IPREM, mediante la aportación de la siguiente documentación ACTUALIZADA, según el caso:

 Si trabaja, dos últimas nóminas.
 Si recibe algún tipo de percepción, ayuda y/o pensión pública o privada, aportar justificante que acredite la cuantía que percibe y el número de pagas.
 Si no recibe ningún tipo de percepción, ayuda y/o pensión, presentar declaración jurada junto con justificante negativo de percepción de ayudas.
 Informe de vida laboral actualizado.
Si es una persona autónoma, presentar declaraciones periódicas por I.V.A e I.R.P.F y las declaraciones presentadas por ambos impuestos durante el año en curso.
 Cualquier otra documentación que justifique la situación planteada.

6. Familias numerosas, aportando carné de familia numerosa.
7. Familias en zonas en despoblamiento.
8. Familias migrantes.

Fechas que tener en cuenta

DEL 17 DE ENERO AL 6 DE FEBRERO DE 2024– PLAZO DE SOLICITUD. AMPLIADO EL PLAZO HASTA EL 21 DE MARZO O COMPLETAR LAS PLAZAS

Deberá hacerse una solicitud por cada menor.*

Las solicitudes, junto con la documentación requerida deberán presentarse en Registro General del Ayuntamiento o, a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento https://alcantarilla.sedelectronica.es

* En el caso de que a fecha 6 de febrero 2024 no se hubieran cubierto las plazas ofertadas, este plazo permanecerá abierto hasta su cobertura, y en todo caso, hasta máximo 21 de marzo de 2024.

12 DE FEBRERO DE 2024 – PUBLICACIÓN LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS

Las solicitudes y documentación aportada será comprobada por los/as técnicos/as de la Concejalía de Bienestar Social, Familia y Mujer y, previa comprobación del cumplimiento de requisitos, se constituirá la lista provisional de admitidos publicándose el 12 de febrero de 2024, hasta completar el número de plazas ofertadas.

12 AL 23 DE FEBRERO DE 2024 –  PLAZO DE SUBSANACIÓN

Se establece un plazo de subsanación del 12 al 23 de febrero para aquellos solicitantes que cumpliendo requisitos no aportan toda la documentación o aportan documentación incorrecta.

4 DE MARZO DE 2024 – PUBLICACIÓN LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS

El día 4 de marzo de 2024, se publicará la lista definitiva de admitidos en la web municipal, en la sede electrónica y/o tablón de anuncios del Ayuntamiento.

El 25 de MARZO de 2024 dará comienzo la Escuela de Primavera-Semana Santa 2024.

Documentación descargable